viernes, 12 de agosto de 2011

Estructura de la Orden

ESTRUCTURA DE LA ORDEN


        La Orden Trinitaria mantiene un triple nivel de jurisdicción:
·         General que abarca toda la institución.
·         Provincial que abarca los diversos sectores en que se divide la Orden.
·         Local que comprende las casas particulares. A su vez, tanto la Orden como las Provincias pueden tener, sometidas a su gobierno, diversas departamentos, distintas de las comunidades, a las que se les conoce como vicariatos y delegaciones.

Actualmente en la Orden Trinitaria existen 7 provincias que son las siguientes, según  antigüedad:
·         España Sur (Espíritu Santo)
·         Italia Norte (San Juan de Mata)
·         Estados Unidos (Inmaculado Corazón de María)
·         España Norte (Inmaculada Concepción)
·         Canadá (Sagrado Corazón de  Jesús)
·         Italia Sur (Natividad de la Beata Virgen María)
·         Madagascar (Virgen del Remedio).

Aparte de esta estructura básica, a nivel general existe un Vicariato General (Austria) y una Delegación General (Francia).

        A nivel Provincial, la Provincia España Sur tiene el Vicariato de América del Sur, la de España Norte el Vicariato de América (de Colombia hasta Puerto Rico), Italia Norte tiene la Delegación de México.

Italia Sur tiene una casa en Polonia, Brasil y otra en el Congo; y Estados Unidos, dos casas en la India; Canadá tiene dos casas en Guatemala.


Al frente de cada entidad está un responsable al que se le conoce con el nombre de 'Ministro', ya que su tarea es servir (ministrare). En los niveles General y Provincial, al Ministro le acompaña un equipo de 4 consejeros, aparte del Secretario y Ecónomo.
Las tareas legislativas y de programación así como los asuntos extraordinarios están sometidas a las asambleas que se les conoce como 'capítulos' y que existen en todos los niveles. El Capítulo General se celebra cada 6 años y los provinciales y vicariales cada 3 años.


El cuerpo normativo está constituido por la Regla como fundamento inspirador de todo el resto de normas, las Constituciones, el Directorio General y los Estatutos Provinciales de cada Provincia. Aparte de este cuerpo legal, existen otro tipo de normas para Secretariados, Economías y demás organismos.

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